Las disposiciones contenidas en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC) de la Organización Mundial de Comercio (OMC); la Decisión 827 de la Comunidad Andina de Naciones CAN, establecen entre otras cosas las siguientes:

  • La elaboración o adopción de reglamentos técnicos no deben tener como objeto o efecto crear obstáculos innecesarios al comercio internacional y no restringirán el comercio más de lo necesario.
  • Los reglamentos técnicos se formularán para la protección de un objetivo legítimo; tales objetivos legítimos son, entre otros: la protección de la salud o seguridad humanas, de la vida o la salud animal o vegetal, o del medio ambiente; así como evitar prácticas que puedan inducir a error.
  • Cuando exista la necesidad de elaborar o formular un reglamento técnico y existan normas internacionales pertinentes o sea inminente su formulación definitiva, los miembros utilizarán esas normas internacionales, o sus elementos pertinentes necesarios para precautelar objetivos legítimos.
  • Los reglamentos técnicos serán definidos exclusivamente en función de las propiedades de uso y empleo de los productos a que hacen referencia, y no de sus características descriptivas o de diseño.
  • Los reglamentos técnicos no se mantendrán si las circunstancias u objetivos que dieron lugar a su adopción ya no existen o si las circunstancias u objetivos modificados pueden atenderse de una manera menos restrictiva del comercio.

Con base a lo antes mencionado el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Salud Pública, el Servicio Ecuatoriano de Normalización y otras instituciones del Estado, ha desarrollado un nuevo REGLAMENTO DE ETIQUETADO DE ALIMENTOS PROCESADOS, ENVASADOS Y EMPAQUETADOS PARA CONSUMO HUMANO. Sin embargo, previo a su emisión oficial se está llevando a cabo un proceso de consulta pública en el que todas las partes interesadas podrán realizar sus observaciones y sugerencias.

Como consta en el cronograma de consulta pública, este proceso se llevará a cabo hasta el 23 de octubre del presente año.

En caso de tener observaciones a los proyectos publicados, se solicita enviarlas al correo, mejoraregulatoria@normalizacion.gob.ec en el siguiente formato. Para ser partícipes en el proceso de revisión de las observaciones pueden inscribirse a través del siguiente enlace.