Mediante Resolución Nro. MPCEIP-SCIT-2022-0138-R del 26 de abril de 2022 se establece que El Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, a través de la Subsecretaria de Competitividad Industrial y Territorial o quien haga sus funciones, monitoreará e inspeccionará en cualquier momento, sin previo aviso la operación de los procesos de fabricación de plásticos que contengan material reciclado post consumo en su composición; así como, la elaboración de resina reciclada, envasado e importación de plásticos de un solo uso y el cumplimiento de todo lo establecido en dicha Resolución y en la Ley Orgánica para la racionalización, reutilización y reducción de plásticos de un solo uso.

Los recicladores, importadores y productores de plásticos de un solo uso, que contengan material reciclado post consumo en su composición, y los proveedores de materia prima reciclada para elaborarlos, ya sean éstos personas naturales o jurídicas, deberán registrarse en el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, a través de su portal WEB; www.producción.gob.ec, pestaña Viceministerio de Producción e Industrias y acceder al sistema “Registro y reportes para Recicladores, Importadores y Productores de Plásticos de Un Solo Uso” donde se seleccionará la figura empresarial y familia de producto a registrar.

En el caso de que hubiere inquietudes, previo al envío del registro, se receptarán y atenderán a través del correo electrónico plasticosunsolouso@produccion.gob.ec

Es importante tener en consideración que existe una serie de prohibiciones establecidas en la Ley desde el 21 de diciembre de 2021 y que hay otras que van a comenzar a aplicarse desde mayo y diciembre de este año.